Convalidaciones

    ConvalidacionesFormación ProfesionalESOBachilleratoprocedimiento

    Es posible convalidar determinadas materias de ESO o Bachillerato o módulos de Formación Profesional siempre y cuando:

    En la ESO o Bachillerato podrás convalidar las materias a las que se refiere la normativa:

    Deberás  presentar la documentación que indica la normativa acompañada de un EXPONE-SOLICITA en el mes de octubre

    En en caso de Formación Profesional, si  vas a cursar alguno de nuestros Ciclos Formativos (son ciclos LOE) y ya has cursado otro Ciclo, o bien has realizado una formación universitaria relacionada con la familia profesional podrás pedir convalidación teniendo en cuenta lo siguiente:

     

    1.- Debes presentar el ANEXO 1 debidamente cumplimentado, en el momento de presentar la matrícula en el Centro, adjuntando la documentación que justifique los estudios que ya has realizado (certificación oficial) y fotocopia del DNI. No se podrán presentar solicitudes una vez transcurridos los primeros 15 días lectivos. 

    2.- En el caso del módulo de FOL será convalidable en los siguientes casos:

    • has cursado FOL de un CICLO LOE : será convalidable independientemente de que  el módulo ya superado sea de grado medio o superior (Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre).
    • has cursado FOL de un CICLO LOGSE: será convalidable  si se ha cursado y superado el módulo del FOL de un ciclo LOGSE  junto con la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva o el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales.
      Esta formación de riesgos laborales, debe estar expedida de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.2 a) del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (en el que debe figurar el número de horas de formación, que deberá ser mínimo 30 horas).

    3.-En el caso del módulo de Empresa e iniciativa emprendedora deberá aportarse como superado alguno de los módulos relacionados en el anexo II del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre

     

    4.- En el caso de los módulos profesionales de Inglés deberá aportarse como superado alguno de los módulos relacionados en el anexo II  y III del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre (dependiendo de si el ciclo ya cursado es LOGSE o LOE ), certificados del nivel de idioma emitidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, Títulos de grado, Filolofía, Traducción e Interpretación.( en ningún caso se convalida CFGS aportando CFGM)

    5.-en el caso de los módulos propios de la Comunidad de Madrid (módulos que comienzan por la letra CM (Ejemplo CM16_AFD Legua Extranjera Profesional-para grado superior) se deberá aportar el Anexo I

    5.-Si solicitas convalidación de algún módulo por aportar estudios universitarios relacionados con la familia profesional del ciclo en el que te matriculas, deberás registrarte en la SEDE electrónica simultáneamente a la solicitud en la Secretaría del Centro.

    6.-Cualquier otro módulo a convalidar se estudiará en base a la normativa reguladora : Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre

     

    En todos los supuestos se debe asistir a clase hasta recibir la valoración de convalidación de Dirección.

    Una vez recibida la resolución de la convalidación , SOLO  se hará efectiva si se comunica por escrito a la Dirección del Centro en el plazo de quince días tras la recepción de la resolución.